Radón

Medición del radón y recomendaciones para la medición

Debido a que el gas radón es inoloro e incoloro, la única forma de saber si estamos expuestos a dicho gas es con una prueba de detección con detectores pasivos de radón.

El análisis de la medición se debe realizar en laboratorios cualificados de acuerdo con la Norma ISO/IEC 17025 descrita en Medición acreditada ISO/IEC 17025.

Mediciones de la concentración del gas radón

En viviendas estándar

Informamos y asesoramos sin compromiso sobre la necesidad de llevar a cabo mediciones de radón en viviendas.

Realizamos presupuestos personalizados que incluyen el estudio del área de la edificación, todas las pruebas de detección del gas radón necesarias en la vivienda, un informe con los resultados obtenidos de las mediciones, así como cualquier solución y medidas de protección necesarias para que no haya que preocuparse por los niveles de radón que pueden ser perjudiciales para la salud.

 

 

En centros públicos y privados

Desde diciembre de 2022 el Real Decreto RD 1029/2022 regula la exposición a gas radón en los centros de trabajo y exige su medición en la planta baja las edificaciones en las zonas de mayor riesgo de presencia del radón. Esta es una medida más de seguridad e higiene en el trabajo y, como tal, es exigible por las inspecciones de trabajo.

En breve se publicará oficialmente la lista de los municipios donde la medida de las concentraciones de gas radón en el aire será obligatoria. A partir de esa fecha, habrá un plazo de unos meses para realizar mediciones pasivas que son certificables y que requerirán dos o tres meses para realizarlas. Aconsejamos adelantarse a la publicación de esa lista para cumplir la ley lo antes posible y no correr riesgos como sanciones.

Según el Real Decreto RD 1029/2022, los centros públicos y privados incluidos en alguno de los siguientes lugares requieren que se evalúe la exposición a gas radón:

  • Centros públicos y privados subterráneos.
  • Centros públicos y privados en los que se exploten o traten aguas de origen subterráneo o los establecimientos termales.
  • Todos los centros públicos y privados situados en “áreas identificadas”.

El número de detectores a colocar, en función de la superficie útil del centro público o privado se especifica en la siguiente tabla de la Guía de Seguridad 11.4 del CSN.

Tabla 1. Densidad de detectores recomendada para los estudios de exposición al radón en lugares de trabajo no subterráneos. Adaptada de RPII (2008).

Lugar de trabajo

Número de detectores

Oficinas compartimentadas tradicionales

Un detector por despacho o habitación

Sótanos

Un detector por cada habitación o sección

Áreas de hasta 1.000 m2 (oficinas de planta abierta, superficies de atención al público, almacenes…)

Un detector por cada 200 m2

Áreas de hasta 5.000 m2

Un detector por cada 400 m2

Áreas muy extensas (varios miles de m2)

Un detector por cada 500 m2

 

Los puntos elegidos para colocar los detectores dentro de cada zona deben ser representativos de los puestos de trabajo emplazados en ella.

Las exposiciones de los detectores serán de al menos tres meses, evitando el periodo que comprende los meses de junio a septiembre, excepto para instalaciones que permanezcan cerradas durante el otoño-invierno.

En lugares de trabajo subterráneos se recomienda que las exposiciones abarquen un año completo, si bien es preferible realizar las estimaciones de la concentración de radón a partir de dispositivos expuestos en cuatro periodos consecutivos de tres meses de duración cada uno.

De este modo se obtiene una medida precisa del nivel de radón de forma que se pueda realizar una evaluación del riesgo.

 

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